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La entrada en vigor de esta ley estatal, es una medida importante
para impulsar una cultura vial y las normas mínimas de
seguridad de conductores; sin embargo, los aplicadores del Reglamento
correspondiente, deberán capacitarse y conocer con certeza
las disposiciones establecidas en el documento oficial, con
el fin de evitar erores en la aplicación de las sanciones
administrativas, infracciones o multas indebidas; pues,algunos
agentes de Seguridad Pública destinados a las regulación,
vigilancia y amonestaciones a los infractores, hacen caso omiso
de las nuevas disposiciones; al parecer porque aún les
falta estudiar a profundidad el contenido de la Ley y su respectivo
Reglamento. Mientras eso sucede, es común observar conductores
transitando en la vía pública con el celular en
la mano, sin el cinturón de seguridad, motociclistas
sin casco, con tripulantes que rebasan lo establecido, vahículos
estacionados en lugares indebidos, etc.... En la medida que
conductores y agentes, estén concientes de las nuevas
disposiciones, seguramente, se apreciarán los cambios
y la cultura vial de usuarios, pasajeros y peatones se reflejará.
Según
establece la Ley, su aplicación operará en todos
los municipios; esperemos que en el interior del estado, las
Direcciones Municipales apliquen las sanciones, amonestaciones
o cancelación de licencias, con apego a la norma; sólo
así, se fomentará una cultura vial, acorde al
desarrollo y urbanidad. Pues, al menos en ciudades y poblados
de la región del Camino Real, el incremento de motos,
triciclos, vehículos automotores (particulares y de servicio
público) pone en evidencia la falta de educación
vial y el desconocimiento de los artículos de la Ley.
Es urgente una campaña de difusión de la misma,
concientización a los tricicleteros que ofrecen servicio
de pasajeros sin la menor atención de normas de seguridad
–además de que uno que otro labora en estado de
ebriedad y sin atender aspectos mínimos de tránsito-.
No
basta con aprobar leyes y disponer de Reglamentos vigentes,
si no existe la educación pertinente, capacitación
y vigilancia permanente a los conductores. Es necesario capacitar
al personal que aplicará las disposiciones, a fin de
evitar errores u omisiones; también los conductores deberán
conocer el contenido de la Ley, para cambiar vicios y hábitos
negativos; evitar la mordida y decir no a la corrupción.
Una sugerencia para el Secretario y/o la Comisión impulsora
de esta Ley, que al momento de pagar la tenencia o tramitar
licencias para conducir, la Secretaría de Seguridad Pública
entregue al ciudadano, el Reglamento vigente, folletos que describan
con claridad, aspectos básicos para “garantizar
el libre tránsito y la seguridad de las personas”,
así como información precisa sobre el Capítulo
I “De los derechos y obligaciones de usuarios, peatones
y pasajeros”.
Es
tiempo de dejar el pasado, estar dispuestos a cambiar, mejorar
la imagen y la cultura vial de los campechanos; necesitamos
avanzar con firmeza en educación y modernización;
en donde la amabilidad, el respeto y la prevención de
accidentes, sean la clave segura para cambiar el rostro del
desorden y la falta de educación vial. En tanto, se conozca
la Ley, las actitudes y acciones de la ciudadanía –incluyendo
a los Agentes- irán por buen camino, para conducirse
debidamente en todos los rincones de Campeche del siglo XXI.
San
Francisco de Campeche. 27 de enero de 2009. |